Revista nº 821
52 Declaración de Jaén sobre la medicina 5.0 | Hernández Gil AL, et al. Actual Med.2025;110(821):51-53 principios éticos y deontológicos que rigen la práctica médica, clave esencial para el respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales, poniendo espe- cial acento en papel central del profesional médico y la primacía de la relación médico-paciente. Invitamos a las instituciones sanitarias, organizacio- nes profesionales, sociedades científicas, centros de investigación y autoridades públicas a adherirse a esta Declaración, y a hacer de la ética y deontología médica un eje vertebrador en la construcción de un modelo de salud que sea, a la vez, tecnológicamente avanzado y profundamente humano. DECÁLOGO DE RECOMENDACIONES ÉTICAS SO- BRE LA MEDICINA 5.0 1. El principal deber de la profesión médica respec- to a la utilización de las tecnologías emergentes en el ámbito sanitario -atención virtual, medicina de precisión personalizada, sistemas de inteligencia artificial, dispositivos digitales, realidad virtual o aumentada, robótica, bioinformática, terapias gené- ticas, genómicas, otras ómicas o derivadas de la na- notecnología-, es la búsqueda de la excelencia asis- tencial, respecto a la calidad, seguridad y equidad de la atención, de una medicina centrada en el paciente y que garantice el papel primordial del profesional y la primacía de la relación médico paciente. Se recomienda la exigencia de que las nuevas tec- nologías estén evaluadas en la práctica clínica real, certificadas y validadas clínicamente como productos sanitarios, con el marcado de la Comu- nidad Europea, que avalen las debidas garantías de calidad y seguridad. Es recomendable que los Comités de Ética Asis- tencial y de Investigación estén formados en la evaluación de tecnologías emergentes, que com- bine conocimiento técnico, experiencia clínica, visión bioética y criterios jurídicos, siendo así ga- rantes de una innovación prudente, segura y justa. 2. Se recomienda que los sistemas sanitarios asegu- ren la enseñanza, formación, explicabilidad e in- formación transparente en todas las tecnologías emergentes a todos los profesionales sanitarios, durante su formación académica, especializada y desarrollo profesional continuo, de forma que puedan garantizarse las habilidades y competen- cias necesarias en salud digital, siendo exigible la capacitación debida, el conocimiento de los posi- bles riesgos del uso de estas tecnologías y todas las cuestiones legales, deontológicas y éticas, re- lacionadas con el manejo de las mismas. De igual modo, se recomienda la alfabetización digital de la sociedad, especialmente de los pa- cientes implicados, a fin de garantizar una parti- cipación pública efectiva, de modo que todos los miembros de la sociedad puedan adoptar decisio- nes informadas sobre la utilización de las nuevas aplicaciones digitales y estén protegidos de in- fluencias indebidas. 3. Respecto a la utilización de sistemas de inteli- gencia artificial con aplicaciones sanitarias es imprescindible la supervisión y decisión humana efectiva, y deben presidir los siguientes princi- pios: autonomía; seguridad y protección; eficacia, proporcionalidad e inocuidad; equidad, accesibi- lidad y no discriminación; transparencia, traza- bilidad, responsabilidad y rendición de cuentas. Cuando tengan finalidad investigadora, se reco- mienda un control y supervisión por comités de ética, que garanticen el cumplimiento de los an- teriores principios junto a la explicabilidad de los sistemas, entrenamiento de los modelos con datos diversos, reversibilidad, trazabilidad y difusión de los resultados, así como la gobernanza y cola- boración adaptativa entre las partes implicadas. Es recomendable que un marco legal regulador que exija la sumisión a los principios de la ética médica y al respeto, protección y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamen- tales, poniendo especial énfasis en la seguridad del paciente, en el derecho a la autonomía, confi- dencialidad, protección de datos e intimidad. 4. En cuanto a la atención virtual -telemedicina- se recomienda que la profesión médica sea garante del cumplimiento de todos los estándares de ca- lidad y seguridad del acto médico y que presidan los principios éticos y deontológicos tradiciona- les de la profesión médica. Se debe poner espe- cial hincapié en la identificación debidamente autentificada de profesionales y pacientes, en el principio de autonomía del paciente, información previa y consentimiento, en la existencia de una relación médico paciente sin merma alguna, de estrictas medidas de seguridad, confidencialidad y privacidad y en el cumplimiento de todos los deberes respecto de la historia clínica. Es recomendable que la futura normativa que re- gule la asistencia virtual contemple la necesidad de asegurar la universalidad y equidad en el acce- so, la disponibilidad adecuada de medios y tecno- logías, la alfabetización digital de la sociedad, la necesidad de formación, habilitación y competen- cia adecuada en los profesionales. De igual modo se recomienda que sea exigible la delimitación de posibles responsabilidades, la cobertura de riesgos con existencia de seguros de responsabilidad civil, el registro de eventos adversos, el control y seguimiento de daños y la investigación para mejorar la atención prestada y realizar propuestas de mejora.
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