Grupo de trabajo: Teleconsulta

Ana Cabrerizo Carvajal1; María Pedrosa Arias2; Belén Muñoz Díaz2; Rafael A. Castro Jiménez3; José Murcia García4; Antonio Manuel Carmona González5; Cristóbal Coronel Rodríguez6; María Aguado Toscano2

1. Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN Andalucía)
2. Vocalía Atención Primaria del CACM
3. Delegación en Andalucía de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG Andalucía)
4. Asociación Andaluza de Pediatría de Atención Primaria (AndAPap)
5. Sociedad Andaluza de Medicina Familiar y Comunitaria (SAMFyC)
6. Presidente de la Sociedad Española de Pediatría Extra-hospitalaria y de Atención Primaria (SEPEAP)

Actual Med. 2023; 108(819). Supl1: 19-20

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INTRODUCCIÓN

La teleconsulta se ha revelado como una extraordinaria herramienta para mejorar la comunicación y la interacción entre la Atención Primaria y la Hospitalaria, que puede ayudar a priorizar patologías urgentes o graves, a permitir el asesoramiento en la atención a los pacientes y a agilizar esa atención.

Las distintas formas de implantación han dejado patente que existen algunas cuestiones cruciales para que se pueden alcanzar esos objetivos y no se convierta en una sobrecarga más para los médicos implicados ni en una forma de limitar el acceso de los pacientes a los especialistas hospitalarios o de cuestionar el criterio de los médicos y pediatras de Atención Primaria.

Planteamos a continuación una serie de propuestas con las claves.

Propuestas

  1. Clarificar el marco jurídico de la teleconsulta como derivación y/o consulta de asesoramiento.
  2. Mantener vías alternativas de derivación en todas las especialidades para garantizar que se atiende el criterio del médico de familia/pediatra AP y del paciente.
  3. La implantación de cualquier novedad en teleconsulta debe acordarse por consenso, especialmente lo que respecta a los criterios de inclusión.
  4. Cualquier cambio debe informarse a los profesionales con el tiempo y medios suficientes para su adecuada implantación.
  5. La información necesaria para poder realizar la teleconsulta debe simplificarse y evitar plantillas excesivamente largas o exploraciones muy específicas.
  6. La respuesta por parte del especialista hospitalario debe realizarse en un plazo máximo de 30 días.
  7. Las actuaciones que se propongan por el especialista hospitalario en su respuesta a la teleconsulta, con solicitud de más pruebas complementarias que excedan lo acordado en la información básica que se ha de aportar, deben ser solicitadas e informadas al paciente desde los servicios hospitalarios.
  8. Los resultados de pruebas complementarias solicitadas por el especialista hospitalario, y las indicaciones o tratamientos que se propongan en la respuesta de la teleconsulta deben ser informados al paciente desde los servicios hospitalarios.
  9. Si de la teleconsulta se necesita una consulta presencial, esta se debe cursar directamente desde el servicio donde se indique esta presencialidad.
  10. Las agendas de Atención Primaria deben incluir tramos para gestionar las respuestas de la teleconsulta que actualmente entran en el buzón del profesional.
  11. Son necesarios grupos de mejora que incluyan facultativos hospitalarios y médicos representantes de diversos Centros de Salud adscritos al área hospitalaria, que actúen de interlocutores directos sobre incidencias y líneas de mejora.
  12. Se deben habilitar herramientas para hacer seguimiento de la teleconsulta. Con señalamiento de la situación del documento remitido, abierto, respondido, etc., resuelta y cerrado.
  13. Las derivaciones y/o interconsultas a otros servicios deben hacerse directamente desde los servicios hospitalarios o bien justicando de forma razonada el porqué se recomienda realizarla desde AP.

Conflicto de intereses

Los autores/as de este artículo declaran no tener ningún tipo de conflicto de intereses respecto a lo expuesto en el presente trabajo.