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Manuel Pérez Sarabia
El consentimiento informado ¿Un riesgo para la información del paciente?
3º Es por esto, que el consentimiento informado puede lle-
gar a tener un efecto maquiavélico y dañino para propia infor-
mación al paciente, lo cual es una verdadera una paradoja.
CONCLUSIONES
•
La información al paciente es un derecho exigido en
nuestro ordenamiento, y al tiempo una exigencia deon-
tológica para el médico.
•
El derecho a la información del paciente es bidireccio-
nal, y su perfeccionamiento se constituye en la interco-
municación y dialogo médico - paciente.
•
El consentimiento informado será verbal como regla
general y deberá ser escrito en intervenciones quirúr-
gicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos inva-
sivos y, en general, aplicación de procedimientos que
suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previ-
sible repercusión negativa sobre la salud del paciente.
Se debe dejar siempre detallado en la historia clínica.
•
Consideramos que puede no ser deontológico, reducir
el derecho a la información al paciente a un simple con-
sentimiento informado.
•
Debemos considerar el secreto, la confidencialidad y
la intimidad, como parte de la información al paciente.
•
La información clínica forma parte integrante de la lex
artis ad hoc
Sentencia del TS de 26 de septiembre de 2000:
“Con este actuar profesional el demandado (el médico) asumió
por sí solo los riesgos derivados de la intervención en lugar del
paciente”
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
1.
Calixto Galán Cáceres J. Medicina y Responsabilidad Legal.
Autoedición. Abril 2014.
2.
Mones Xiol J.(coordinador). Manual de Ética y Deontología
Médica. Organización Médica Colegial. 2012.
3.
Simon P. Diez mitos en torno al consentimiento informado.
Anales del Sistema Sanitario de Navarra. 2006. Volumen 29.
Suplemento 2: 29-40.
4.
Siso Martín J. El Derecho del Paciente a ser informado.
Octubre 2007.
5.
Ley 41/2001, de 14 de noviembre, básica reguladora de la
autonomía del pacinete y de derechos y obligaciones en
materia de información y documentación clínica. B.O.E. nº
274/2002 de 15-11-2002)
6.
Código de Deontología Médica. Organización Médica Colegial.
Julio 2011.